martes, 21 de diciembre de 2010
Por que decir no a la #LeySinde
domingo, 12 de diciembre de 2010
WIKILEAKS, así en mayúsculas.
viernes, 3 de diciembre de 2010
#Controladores, consecuencias de una rebelión ilegal
Esta curiosa situación, curiosa por no decir vergonzosa, denigrante, penosa o calificativos aun más graves, todos los cuales se quedarían cortos, dad la tesitura supone los siguiente:
A partir de ahora, ya no es Fomento sino Defensa la que regula el trafico aéreo español, consecuencia directa, los controladores civiles ya no tienen que regirse por las normas de fomento, sino por las del ejercito, segunda consecuencia, toda orden que se les de, especialmente la de volver a sus puestos de trabajo, puede ser considerada, según distintos medios, como delito de sedición, Art. 544 del Código Penal y penada con de 4 a 8 años de prisión, Art. 546 de la citada ley. La sedicion, segun nuestro C.P., "Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.
La verdad es que dadas las circunstancias veo un poco exagerado esta aplicación, mas bien, lo serían por el delito recogido por el Art. 550 del C.P., la desobediencia
Segunda consecuencia directa, no tan solo deben ir a sus puestos de trabajo, sino a su vez acatar las ordenes militares que se les indiquen, de lo contrario, podrían ser acusados a su vez, del mencionado delito de desobediencia, recogido por el Art. 550 del C.P.
Todo esto independientemente de que a nivel laboral, el ejercicio de una huelga encubierta está mas que reconocido como una falta muy grave y causa de despido más que suficiente para todos aquellos que la han llevado a cabo.
Ciertamente, ellos se lo han buscado, una reividación, por mas que este fundamentada, no puede perder las formas, dado que con ello, pierde su contenido y su fuerza y aun más cuando ello supone un perjuicio para más de 330.000 personas, según indican fuentes de AENA, el derecho a la Huelga, es un derecho que tiene una regulación legal y en virtud a la cual, ha de llevarse a cabo, como decía, ellos se lo han buscado, ya veremos como acaba.
miércoles, 17 de noviembre de 2010
Preparandome para el #EBE10 II, La noche Sevillana
lunes, 15 de noviembre de 2010
Preparandome para el #EBE10
miércoles, 3 de noviembre de 2010
Reflexiones sobre una gran idea, la "Acción de Jactancia"
viernes, 22 de octubre de 2010
ACLARACIONES SOBRE EL "CANON" DE LA SGAE
Vayamos por partes:
1) La sentencia lo que hace realmente es darle la razón a la SGAE, confirmando que tiene derecho a establecer un canon, dado que así lo recoge la Directiva Europea 2001/29 en sus considerandos noveno, décimo, trigésimo primero, trigésimo segundo, trigésimo quinto, trigésimo octavo y trigésimo noveno, y es más, lo que desde mi punto de vista realiza es empeorar la situación, toda vez que en la directiva se reconoce el derecho a establecer este canon de una manera excepcional, y en la sentencia se aprecia como algo general, así como no da una respuesta clara a prácticamente nada, dejando al final la pelota en el tejado de la Audiencia Provincial de Barcelona para que acabe de decidir.
2) El canon es determinado como ilegal, no por su contenido sino por su configuración, y lo explico, el canon es un importe el cual, paga la productora de todo elemento susceptible de almacenaje y reproducción de contenidos sometidos a derechos de autor por el simple hecho de crearlos, una vez abonado ese canon, la productora pasa a repercutirlo, primero a los distribuidores de los productos y por ultimo, el sujeto pasivo de este impuesto, somos nosotros, el usuario final que lo adquiere para su uso, y aquí viene la importancia de la Sentencia.
El Tribunal se inventa, la fictio iuris, por la cual, si el usuario final es persona física, va a vulnerar estos derechos de autor, es decir somos piratillas por naturaleza, mientras que si el usuario final es persona jurídica, es decir, una empresa, una fundación o asociación, ellos van a ser buenos y no van a vulnerar dichos derechos, por lo que, ellos no tiene por que abonar dicho canon.
3) En consecuencia de todo ello, nos encontramos con que dado que es el creador del soporte físico susceptible de reproducción y almacenaje el que paga el canon y después repercute sobre los demás, esto va en contra de la normativa europea, dado que esta configuración del canon, no permite eximir de dicho pago a las personas jurídicas, por ello, el comunicado del Gobierno acerca de que va a modificarlo para que se adapte a la normativa europea.
4) Las consecuencias de esta sentencia, la verdad es que a nivel de usuario final, entre poca y ninguna repercusión van a tener, dado que solo afecta a las empresas y demás personas jurídicas, ahora bien, estas si que, en función a esta Sentencia, van a estar habilitadas a reclamar los importes que hayan abonado por este concepto desde la aparición del canon.
CONCLUSIONES
Las conclusiones con respecto a esta sentencia la verdad es que son desilusionantes, primero, por que no contempla mas que una parte de las distintas aristas del canon, dejando sin juzgar por ejemplo como si eres autónomo y compras elementos sometidos al gravamen del canon que en ningún caso se van a usar para ello, en que situación te encuentras, o como no distingue entre los distintos elementos susceptibles de almacenamientos, dado que no es lo mismo un MP3 que un USB a nivel de música por ejemplo, en segundo termino, son desilusionantes a su vez dado que no se atreve a resolver de una manera taxativa la cuestión, dando tan solo, un poco de luz al asunto, sin acabar de aclararlo, en fin, otra vez será, esperemos.....
domingo, 11 de julio de 2010
Pane e Circo
Estos romanos debían ser bastante listos, dado que, no solo el derecho sigue vigente en la actualidad, los mismos filósofos y tecnicos que generaron el derecho pensaron en como podían mantener a sus ciudadadanos tranquilos y felices, y para ello crearon el pane e circo, es decir pan y circo, algo que continúa hasta nuestros días, estando de plena actualidad, ahora son futbol y ayudas.
Viendo como todos nos hemos olvidado de la crisis, el paro o demás tristezas a causa de que 23 jugadores de futbol han llegado a una final, me hace recordar que el pan y circo sigue mas vigente que nunca, las calles se han engalanado, la gente se viste de rojo con su bandera independientemente de ideologías políticas, por fin la rojigualda ha dejado de ser de una corriente política para ser del pueblo, de quien debe ser.
Muchas gracias Roma, muchas gracias por este circo que nos ha hecho a todos ser un poco más felices.
lunes, 12 de abril de 2010
Murió con las botas puestas
En ese programa que tantos años escuche, hasta que, dadas las horas a la que me acostaba, paso a acompañarme primero, ese tal García, después, un tal De la Morena y actualmente un tal Ángel Rodríguez, lo guiaba con mano firme un Señor llamado Juan Manuel Gozalo, el cual me hizo enamorarme de la radio, de la información deportiva y que me enseño como en el mundo del deporte no solo había fútbol, tambien hockey, tenis, balonmano o waterpolo.
Pasaron los años, cambian los gustos, pero la radio continúa, hasta que una mañana camino al trabajo escucho una voz conocida que sobre el tema "Monjas a la Carrera", me da los buenos días en radio marca, de que me suena esa voz?, hasta que minutos mas tarde lo recordé, este tipo es el de Radio Gaceta de los Deportes y así consiguió un nuevo oyente matutino.
Ese tipo era Juan Manuel Gozalo, fallecido en el día de ayer tras una lucha contra una enfermedad que finalmente, el dejó que dijera la última palabra, pero se fue como los grandes, trabajando hasta el miércoles, cuando se despidió con un hasta mañana que nunca llegó.
Esta historia es mi pequeño homenaje a un periodista que me hizo enamorarme de la radio y que nunca se irá para siempre, ya que el ya es Historia de la Radio.
miércoles, 7 de abril de 2010
Post-Semana Santa
Se acabo la Semana Santa de Sevilla, las imágenes residen de nuevo en sus iglesias, los cofrades esperan al año que viene para tirarse a la calle, pero realmente, estamos todos pensando en que de aquí a dos semanas ya estamos en la feria hidratándonos a base de Rebujito.
Esto es Sevilla, pasamos de una semana "mística" a otra semana donde son "místicas las borracheras que se cogen, en fin, es nuestra ciudad y la queremos así, y de hecho, nos encanta.
Yo vuelvo a escribir unas para comentar como afortunadamente, ha sido una Semana Santa sin incidentes multitudinarios, sin obviar como un descerebrado, mató a dos chicas con su coche el Jueves Santo.
Esto, y ya entrando en faena, nos hace recapacitar acerca de temas más próximos a este blog, ya que no son pocos los comentarios que oigo acerca de lo barato que sale matar o en como siendo dos "niños bien" los que iban conduciendo el vehículo, van a ser benevolentes con ellos, es duro decir esto, sobre todo por parte de alguien que cree en la justicia, pero probablemente el saber popular no se equivoque en mucho en sus opiniones y sea esto lo que suceda, primero por que seguramente que tengan a alguno de los mejores bufetes de abogados para defenderlos y segundo, por que para un crimen como este, no hay justicia, hay legalidad, y esta, en muchos casos no satisface a todos por igual, dado que el Código Penal Español es netamente reinsercionista y dada la carencia, en principio, de antecedentes penales del conductor, probablemente le caigan de 6 a 8 años, de los cuales dudo que cumpla más de dos o tres.
viernes, 19 de marzo de 2010
Ley Sinde
Hoy se aprueba, en el Consejo de Ministros de mi adorada ciudad, Sevilla, la archiconocida, superpopular y totalmente aceptada por el mundillo internauta (Por si no se nota, trato de usar todo el sarcasmo posible y más), ley Sinde o más correctamente, denominada como Ley de Economía Sostenible.
Esta ley me molesta por varios motivos, el primero es claro, estamos ante una ley que habilita el cierre de web de una manera desproporcionada, diría que incluso abusiva, toda vez que los Jueces , tanto penales como civiles , han reconocido que las redes de descarga P2P, así como demás vías de descarga de archivos, son de todo punto, legales, la solución que le han dado , fácil, obviamos al poder judicial en este procedimiento, dándole tan solo un procedimiento sumario, con un plazo de 4 días ante la Audiencia Nacional o los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, para que esta decida, pero tan solo sobre la ejecución o no del cierre del sitio web, no acerca de si la resolución que ha emitido la Sección 2ª es correcta, no van a entrar en el asunto, con lo cual, esto se va a traducir en lo siguiente, a los pocos días de la entrada en vigor de esta norma, se van generar tal colapso de procedimientos, que van a salir los autos provenientes de la Sección 2ª de la Comisión de la Propiedad Intelectual como churros y probablemente, no sean favorables a las web, al menos eso me temo, dado que queda claro, o al menos esa es la sensación que me da, que esta sección, solo tiene una función, cerrar páginas web, por lo que no creo que sus resoluciones vayan a ser muy favorables para estas y si para entes como la innombrable (SGAE).
Pero eso no es lo peor, nos encontramos que con esta reforma, se le ha concedido un nivel inimaginable de protección a la propiedad intelectual , os aseguro que es la primera vez que me llevo las manos a la cabeza leyendo una ley, y no leo pocas, cuando veo sorprendido como a la salvaguardad de los derechos de propiedad intelectual se comparan a nivel de protección, con bienes jurídicos protegidos del calado de, copio directamente de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico., en su Articulo 8.1:
-La salvaguarda del orden público, la investigación penal, la seguridad pública y la defensa nacional.
-La protección de la salud pública o de las personas físicas o jurídicas que tengan la condición de consumidores o usuarios, incluso cuando actúen como inversores.
-El respeto a la dignidad de la persona y al principio de no discriminación por motivos de raza, sexo, religión, opinión, nacionalidad, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social,
-La protección de la juventud y de la infancia.
Es decir, que para esta ley, proteger una canción o una película, es igual que salvaguardar el orden público o la vida de alguien, al menos, no me negareis que es sorprendente, por decir algo y supone darle unas capacidades a la propiedad intelectual, que tal vez, ni la propia propiedad a secas posea.
Pero mi malestar llega aun mas allá, dado que estamos ante una ley que no es para nada mala, de hecho tiene geniales ideas, que llegaran a mejor o peor puerto con su desarrollo reglamentario, pero de la cual no se va a tratar por que va a quedar solapada por el aspecto negativo que encierra, a veces me sigue sorprendiendo la torpeza de los políticos de nuestro país.
Prometo en el próximo post hablar un poco más de esta norma, con un poco mas de calma con su texto completo ya aprobado
domingo, 14 de marzo de 2010
Aclaraciones
El nombre del post creo que mas o menos indica por donde voy, quiero aclarar para que he hecho este blog y los motivos no son otros que:
Narrar en primera persona todo lo que voy conociendo dentro del mundo de la abogacía, todo tratado, o eso intentare, desde un punto de vista mas o menos "cómico", que para tomarmelo en serio tengo el resto de los dias.
Así tambien para que cualquier tipo de duda de tipo legal que se os ocurra, sea hecha via comentario o privado, pueda ser resuelta por aqui, creando así un pequeño archivo de las dudas más comunes, ahora bien, algunas clásicas las resuelvo por aquí, no, irse de fiesta no es gasto deducible como de representacion, como se ha visto alguna vez en las noticias, no, si te cojen borracho conduciendo no hay nada que alegar, no conduzcas como una cuba, es por tu seguridad y por la de todos y no, si te cojen haciendo botellon en la calle no vale decir que tu solo bebías coca cola, por que no se lo van a creer y te van a multar igual, no hagas el ridículo y queda como un hombre con tu Legendario Cola, probablemte ni te llegue la multa.
Como última aclaración, el nombre , ya se que pone diario, y que eso supone que se tiene que escribir todos los dias, pero semanario me sonaba antiguo, como a la prensa de los años 30, asi que trataré de dejar algo por aquí, al menos , una vez en semana, para quien le quiera hechar un vistazo.
PD: No pasa nada por dejar comentarios, ni se cobra ni nada parecido, mas que nada por que sinó tenga la sensacion que esto tiene menos exito que el fary en un concierto de los Maiden, un abrazo a todos.......
domingo, 7 de marzo de 2010
Comenzamos
Ahora seis meses después de esa primera idea,, hay que ver lo flojo que soy según para que cosas, estoy delante del ordenador y no sé con qué empezar, por lo que como el sabio refranero popular dice "De bien nacidos es ser agradecidos",quiero agradecer a todos los que me han posibilitado comenzar en esta aventura.
No me voy a enrollar en decirle a fulanitoa gradecerte que...., menganito tal...,ni a cetanito gracias por......., para eso ya tenemos esta noche los Oscar, que lo tienen mucho más preparado con guionistas y toda esa fauna.