martes, 21 de diciembre de 2010

Por que decir no a la #LeySinde

Con el ciberespacio español movilizado, los políticos haciendo oídos sordos a las reclamaciones y el consecuente malestar de una gran parte de la sociedad debido a ello, es el momento de aclarar por que decir no a la Ley Sinde desde mi modesto punto de vista.

Comenzamos por su gestación, es una ley mal planteada en un doble sentido, el primero, por ser introducido dentro de un texto legislativo con una gran importancia, La ley de Economía sostenible, que viene a recoger una serie de medidas para salir de la crisis en la que nuestro pais se encuentra sumida, sin que la reforma que supone a nivel de propiedad intelectual vaya a generar algún tipo de beneficio, simplemente se trata de contentar a la industria cultural, que tampoco supone un gran impulso económico a nuestro pais, más bien lo contrario.

El segundo sentido de su mal planteamieno estriba en hacernos comulgar con ruedas de molino, es decir, nos estan imponiendo una ley para penalizar un comportamiento que la justicia en nuestro pais ha reconocido como legal en multitud de ocasiones, vease la Sentencia del 9 de septiembre de 2009, el Juzgado de Instrucción nº 3 de Mislata, que sobresee el procedimiento contra la web, divxonline, por poner un ejemplo muy reciente para que la industria cultural, pueda sacar más tajada, si existen sistemas como Spotify para escuchar música, alguien cree que no funcionaría con series o películas, el problema está en que así su beneficio sería menor (Menor al que tienen previsto gracias a esta ley), pero probablemente inmensamente mayor al que tienen en la actualidad.

Es necesario decir que NO a esta ley por que no viene impuesta por nuestra soberanía popular, sino por un plan organizado por el gobierno estadounidense para reforzar el control de la red y poder beneficiar a la industria cultural como ha quedado patente en los distintos cables suministrados por Wikileaks, a pesar de que suene a argumento de película.

Es a su vez imprescindible negarse a esta ley por que jurídicamente, supone un procedimiento administrativo puro, con una presencia judicial prácticamente formal, solo entra a los defectos formales del procedimiento o vulneración de derechos fundamentales, para el resto la vía administrativa, el motivo, así logran que los jueces, que como comentaba con anterioridad, no consideran delictivas conductas como compartir archivos, no puedan entrar a valorar dichas actividades, privándoles de capacidad sobre las mismas, y así forzar su carácter delictivo.

Que la industria cultural necesita un cambio es obvio, que dicho cambio no se debe aplicar con respecto a los usuarios y si con respecto a sus vías de difusión, también, pero parece que políticamente, es más fácil, fastidiar a los de siempre, total, así nos tienen....

domingo, 12 de diciembre de 2010

WIKILEAKS, así en mayúsculas.

Toca coger la noticia por los cuernos y afrontarla, ha comenzado la I Ciberguerra de la Historia, y yo no se como se las habían , pero al igual que en el resto de las últimas, los estadounidenses están de por medio.

La historia es la siguiente, Wikileaks, página web que se ha dedicado a sacar a la luz toda la información que Estados Unidos tenia encerrada y que comentaba a través de informes entre sus distintas embajadas y entidades a nivel mundial, por poner un ejemplo, en España, de como hacia que se publicasen leyes, contrarias al Ordenamiento Jurídico y Jurisprudencia, o como ocultar que el ejercito estadounidense sesgó la vida de un periodista español y con ello la imposibilidad de que se hiciese justicia al respecto.

Cual es la importancia de esta información, si muchas de las mismas ya las imaginábamos o sabíamos....pues en que no solo te lo están contando, sino que a su vez te lo están demostrando a través de Documentos sellados por el gobierno estadounidense, están probando una información que en muchos casos, sería prácticamente imposible de no ser por la aseveración de la propia fuente.

Una vez vista la importancia, vienen las consecuencias, la más básica, dejar al aire las vergüenzas estadounidenses y las consecuencias que ello esta trayendo para la web de Wikileaks y para el propio Assange, creador de la página. A parte de ello, la información sigue apareciendo sin prisa pero sin pausa y cual agua, mojando a todo el que se pone en su camino, desde Berlusconi a Puttin, pasando por Gadafi, Chavez o Castro, cada pais tendra libertad, o no, para hacer uso de esta informacion contra sus dirigentes.

Con respecto a las consecuencias propias a wikileaks, su cierre por ataques DDos han generado a su vez que los que apoyan a la misma, se hayan dedicado a atacar a las webs que han quitado su apoyo a wikileaks, véase Amazon o Visa, amenazas sobre Twitter por una supuesta censura, dando lugar a lo que se ha venido llamar la ciberguerra, ojalá todas fueran así, sin olvidarnos del encarcelamiento del Sr. Assange, fundador de la web, por unos delitos, dejemoslo, en extraños, mantener relaciones sin preservativo, si, en Suecia son delito.

Estos hechos, aun con la trascendencia que han tenido, imagino, no son más que la punta de lanza, dado que, primero, la información aun no ha salido al completo a la luz, segundo, aun no han sido completamente interpretados y tercero, son informaciones a largo plazo, veremos que divertido será cuando en los distintos países empiecen los políticos a lanzarse bombas de wikileaks unos a otros.En síntesis, es un hecho que va a hacer historia, y aunque no lo parezca, la estamos viviendo en primera persona.

viernes, 3 de diciembre de 2010

#Controladores, consecuencias de una rebelión ilegal

Son la 1 de la madrugada de lo que parecía sería un viernes más que normal, con un largo puente por delante nadie esperaba, perdón, solo los propios controladores, esperaban la que se ha montado, nos encontramos gracias a estas simpáticas personas, con un espacio aéreo español cerrado y del cual, forzosamente, ha tenido que tomar el mando el ejercito.

Esta curiosa situación, curiosa por no decir vergonzosa, denigrante, penosa o calificativos aun más graves, todos los cuales se quedarían cortos, dad la tesitura supone los siguiente:

A partir de ahora, ya no es Fomento sino Defensa la que regula el trafico aéreo español, consecuencia directa, los controladores civiles ya no tienen que regirse por las normas de fomento, sino por las del ejercito, segunda consecuencia, toda orden que se les de, especialmente la de volver a sus puestos de trabajo, puede ser considerada, según distintos medios, como delito de sedición, Art. 544 del Código Penal y penada con de 4 a 8 años de prisión, Art. 546 de la citada ley. La sedicion, segun nuestro C.P., "Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.

La verdad es que dadas las circunstancias veo un poco exagerado esta aplicación, mas bien, lo serían por el delito recogido por el Art. 550 del C.P., la desobediencia

Segunda consecuencia directa, no tan solo deben ir a sus puestos de trabajo, sino a su vez acatar las ordenes militares que se les indiquen, de lo contrario, podrían ser acusados a su vez, del mencionado delito de desobediencia, recogido por el Art. 550 del C.P.

Todo esto independientemente de que a nivel laboral, el ejercicio de una huelga encubierta está mas que reconocido como una falta muy grave y causa de despido más que suficiente para todos aquellos que la han llevado a cabo.

Ciertamente, ellos se lo han buscado, una reividación, por mas que este fundamentada, no puede perder las formas, dado que con ello, pierde su contenido y su fuerza y aun más cuando ello supone un perjuicio para más de 330.000 personas, según indican fuentes de AENA, el derecho a la Huelga, es un derecho que tiene una regulación legal y en virtud a la cual, ha de llevarse a cabo, como decía, ellos se lo han buscado, ya veremos como acaba.

miércoles, 17 de noviembre de 2010

Preparandome para el #EBE10 II, La noche Sevillana

Pensaba escribir un poco sobre la neutralidad de la red, su necesidad y de que se entiende por neutralidad en la red, por que depende de donde mires, tiene acepciones casi contradictorias, pero como el tema es muy denso y el día de hoy ya esta denso por tierras hispalenses, nublado, lloviendo y con más frío que cazando pingïnos en tanga (Días así recuerdo al genio que dijo que aquello de "La lluvia en Sevilla es una maravilla", .....los cojones)

Con un día así he creído más útil, informar un poco a la gente que viene a Sevilla este fin de semana para la celebración del #EBE10 acerca de ciertas peculiaridades de la noche en esta mi ciudad .....

Los dos primeros son básicamente para el género masculino, los restantes, comunes:

Primero: Si queréis salir de fiesta, es prácticamente obligatorio ir en zapatos o similar, ni se os ocurra salir en Sevilla con unas zapatillas de deporte por que os encontrareis con un simpatiquísimo portero de 2X2 que os dirá, "con ese calzado no podéis entrar".

Segundo: Una cosa que os llamará poderosamente la atención son las sevillanas, y con esto no me refiero a el baile típico de estos lares, sino a la mujer en Sevilla, son mayoritariamente espectaculares, especialmente, por que, como cuando salgáis de fiesta veréis, en Sevilla, no parece que la gente salga, sino parece que van de Boda, con lo que veréis mujeres sumamente arregladas maquilladas y peinadas que harán la delicia del respetable.

Tercero: Las zonas de fiesta en Sevilla están bastante localizadas, pero a su vez, dispersas entre si, depende que vayáis buscando os recomiendo lo siguiente:

Si tu royo es más underground, pijipi, alternativo o como quieras llamarlo, te recomiendo la zona de la Alameda, en el centro de Sevilla, con buenos restaurantes y zonas de copas donde pasar la noche.

Si te gusta el ambiente más típico de Sevilla, la zona de Triana, Los Remedios, Calle Betis y el centro, todo esta cerca y a menos de 15 minutos andando, donde podrás encontrar desde bares con flamenquito en Directo como la Madrugá hasta Discotecas como Boss, donde, por cierto, se celebra el Sábado la Fiesta EBE, o el Bestiario, en la calle Zaragoza. Esta zona, todo sea dicho, es de un ambiente mas "pijo" que el resto de Sevilla,

Si buscas un ambiente intermedio, te recomiendo entonces la zona de Viapol, con cantidad de bares de tapas y restaurantes y discotecas como Caramelo o Sidharta.

Espero que esto os sirva a quien tenga a bien leerlo, al menos quería poner mi granito de arena en este #EBE10, cualquier duda o sugerencia, por comentario o en Twitter

lunes, 15 de noviembre de 2010

Preparandome para el #EBE10

Lunes por la mañana y sin Internet en el despacho, lo bueno de trabajar junto a la puerta, consecuencia directa de ser el pasante, es que puedo acceder a las redes abiertas que pululan por el edificio....todo no iba a ser malo.

Con la entrada impresa, decidiendo a que ponencias iré, agobiado por perderme algunas de las más interesantes (Tener que ir a Vodafone un sábado por al tarde para que no llame ni el tato es malo de por si, pero cuando tengo un Congreso como este, clama al cielo) y a pesar de que vaya cual llanero solitario, más solo que la una, tengo la impresión de que será un gran fin de semana.

Post cortito, que lo bueno si breve dos veces bueno, me marcho a seguir currando en mi otro trabajo, mañana o pasado prometo post sobre otra visión en la acción de Jactancia, o de como tras un mes, a ninguna empresa le ha dado por reclamar a la SGAE, las cantidades cobradas indebidamente por el canon, si me da tiempo...

miércoles, 3 de noviembre de 2010

Reflexiones sobre una gran idea, la "Acción de Jactancia"

Ayer, el gran David Bravo, para quien no lo conozca, uno de los mayores expertos en España en lo concerniente a propiedad intelectual y derecho en las nuevas tecnologías, expuso a través de web una genial idea para ir contra la SGAE, aplicando el principio de "quien pega primero pega dos veces", la acción de jactancia, que en síntesis es lo siguiente, si dices que me puedes reclamar algo, te insto judicialmente a que lo hagas, si lo pruebas, lo has conseguido, pero si no, has perdido ya ese ese derecho, de modo que después no podrás reclamarlo, por el efecto de la cosa juzgada.

Todo ello en relación a la futura aparición de la "Ley Sinde", que viendo como los jueces dan la razón a la publicación de enlaces a contenido objeto de protección de derechos de autor, ha optado por prescindir de la judicatura, creando un procedimiento administrativo a parte, donde ellos tendrían la razón y podrían cerrar webs a su libre albedrío.
Es por ello que la idea consiste en forzar a hacer valer esos derechos en via judicial, a través de la mencionada acción de jactancia, para que después no puedan hacerlos efectivos por el procedimiento administrativo inventado al efecto.

Siendo la idea muy buena, le veo algunos inconveniente, los cuales hago públicos, no para criticar la idea, que ya digo me parece muy buena, sino para buscar soluciones:

La primera y clara, la legitimación activa, en el sentido de que sería muy difícil unir a todos los posibles afectados por la Ley Sinde, toda vez que dicha acción tiene carácter personal, la tiene que presentar cada afectado por esa jactancia de un tercero.
No obstante, una acción individual por cada afectado coordinadas de forma global, le traerían a la SGAE un gran dolor de cabeza, pero para todo ello, es necesario en todo caso una coordinación y una campaña para ello por parte de estos posibles afectados.

En segundo término y más preocupante me parece el inconveniente de la legitimación pasiva y el objeto de dicha acción, dado que en casos como un divorcio o la invención de un objeto, es claro quien es el sujeto pasivo y objeto de la misma, en el caso que nos ocupa puede no ser tan claro, toda vez que nos referimos a un derecho incorpóreo, como la propiedad intelectual y que vamos a tratar que la SGAE, pruebe que tiene ese derecho frente a cada uno de las paginas web que pueden ser demandadas posteriormente, es decir, el inconveniente estriba en como conseguir que la Sociedad General de autores, AKA, la innombrable, sea tenido como demandada, ya que dudo que los jueces españoles estén por la labor de dar entrada a este procedimiento sobre el concepto de web de descargas y no a cada una de ellas, siempre que hayan sido mencionadas por la SGAE, de alguna u otra manera.

En conclusión , una gran idea pero con flecos aun por cortar, pero al menos, espero haber ayudado un poco en su concepción.

viernes, 22 de octubre de 2010

ACLARACIONES SOBRE EL "CANON" DE LA SGAE

UUn poco cansado de leer noticias con titulares tan grandilocuentes como, "El abogado que venció a la SGAE", o "La mujer que destruyo el negocio de la SGAE", creo que es de recibo poner un poco de luz acerca de la Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas que se publicó en el día de ayer y que no esta buena o mejor dicho, tan taxativa como parecía a raíz de los distintos medios de comunicación.

Vayamos por partes:

1) La sentencia lo que hace realmente es darle la razón a la SGAE, confirmando que tiene derecho a establecer un canon, dado que así lo recoge la Directiva Europea 2001/29 en sus considerandos noveno, décimo, trigésimo primero, trigésimo segundo, trigésimo quinto, trigésimo octavo y trigésimo noveno, y es más, lo que desde mi punto de vista realiza es empeorar la situación, toda vez que en la directiva se reconoce el derecho a establecer este canon de una manera excepcional, y en la sentencia se aprecia como algo general, así como no da una respuesta clara a prácticamente nada, dejando al final la pelota en el tejado de la Audiencia Provincial de Barcelona para que acabe de decidir.

2) El canon es determinado como ilegal, no por su contenido sino por su configuración, y lo explico, el canon es un importe el cual, paga la productora de todo elemento susceptible de almacenaje y reproducción de contenidos sometidos a derechos de autor por el simple hecho de crearlos, una vez abonado ese canon, la productora pasa a repercutirlo, primero a los distribuidores de los productos y por ultimo, el sujeto pasivo de este impuesto, somos nosotros, el usuario final que lo adquiere para su uso, y aquí viene la importancia de la Sentencia.
El Tribunal se inventa, la fictio iuris, por la cual, si el usuario final es persona física, va a vulnerar estos derechos de autor, es decir somos piratillas por naturaleza, mientras que si el usuario final es persona jurídica, es decir, una empresa, una fundación o asociación, ellos van a ser buenos y no van a vulnerar dichos derechos, por lo que, ellos no tiene por que abonar dicho canon.

3) En consecuencia de todo ello, nos encontramos con que dado que es el creador del soporte físico susceptible de reproducción y almacenaje el que paga el canon y después repercute sobre los demás, esto va en contra de la normativa europea, dado que esta configuración del canon, no permite eximir de dicho pago a las personas jurídicas, por ello, el comunicado del Gobierno acerca de que va a modificarlo para que se adapte a la normativa europea.

4) Las consecuencias de esta sentencia, la verdad es que a nivel de usuario final, entre poca y ninguna repercusión van a tener, dado que solo afecta a las empresas y demás personas jurídicas, ahora bien, estas si que, en función a esta Sentencia, van a estar habilitadas a reclamar los importes que hayan abonado por este concepto desde la aparición del canon.



CONCLUSIONES

Las conclusiones con respecto a esta sentencia la verdad es que son desilusionantes, primero, por que no contempla mas que una parte de las distintas aristas del canon, dejando sin juzgar por ejemplo como si eres autónomo y compras elementos sometidos al gravamen del canon que en ningún caso se van a usar para ello, en que situación te encuentras, o como no distingue entre los distintos elementos susceptibles de almacenamientos, dado que no es lo mismo un MP3 que un USB a nivel de música por ejemplo, en segundo termino, son desilusionantes a su vez dado que no se atreve a resolver de una manera taxativa la cuestión, dando tan solo, un poco de luz al asunto, sin acabar de aclararlo, en fin, otra vez será, esperemos.....