martes, 26 de julio de 2011

Que son las Creative Commons : Consideraciones Generales





1.- Que son las Creatives Commons:

Muchas veces, hablando acerca de los derechos de autor y demás, al comentar acerca de las Creative Commons, tienden a producirse en el 95% de los casos dos tipos de respuesta, la primera, la de no saber de que se trata, y la segunda, si es que lo conocen, que me pregunten acerca de su validez jurídica real, ya que si bien su uso en España es de los más punteros de toda Europa, no son pocos los que me indican que la usan, pero sin saber si eso realmente vale de algo o no y si realmente tiene validez legal alguna.

Partiendo del desconocimiento que existe sobre las creatives commons, vamos a tratar, a través de varios post, hacer un análisis general de estas licencias para después adentrarnos en los distintos niveles de protección que pueden llegar a suministrar y así lograr que su uso se expanda aun más, teniendo unas bases solidas para usarlo por parte del mundo blogger que esté interesado en usarlas.

Las Creative Commons, son, como su propia web define, una alternativa gratuita al más que conocido copyright, dotando de proteccion jurídca al contenido en función a las necesidades del usuario con respecto al ejercicio  de los derechos de propiedad intelectual, es decir, son licencias que dotan de protección jurídica a tus creaciones gratuitamente y en la medida que lo creas oportuno en función a las distintas posibilidades que te proporciona la misma en sus distintas modalidades.

Partamos de la base, que es saber que se protege, y en este caso son los derechos de autor, los cuales son generados,  como la ley de propiedad intelectual regula en su artículo 1:


     Artículo 1. Hecho generador
La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su        creación    .


Es decir, los derechos de una obra son del autor por el simple hecho de generarlos sin que sea necesario más requisitos que este para la existencia del mismo.

Con esta premisa clara, entonces,

2.-¿Para que es necesario licenciar una obra?

En contra de lo que mucha gente piensa, como indica el Art. 1 de la LPI, en relación con el Art. 5, no es necesario registrar una obra para que tenga validez juriídica y poder hacer efectivo los derechos que dimanan de la misma, sino que dicha licencia lo que hace es reforzar dicha imagen de autoría con respecto a la obra protegida  y tener un método de hacer efectiva su validez jurídica.

Es decir, licenciar tu obra, ya sea con copyright o CC, no es más que una forma de reforzar dicha propiedad intelectual a efectos legales a traves del soporte que supone la misma.

Ahora bien, no siendo necesaria dicha licencia para que se puedan llevar a cabo los derechos relativos a la propiedad intelectual, en una sociedad donde la inmediatez, la difusion de contenidos y la busqueda de lucro está tan presente, si que es muy recomendable hacerlo, toda vez que va a asegurar que tengas una base solida en el caso de que quieras hacer efectivos los derechos reconocidos por la Ley de Propiedad Intelectual frente a terceros, por un posible uso fraudulento de los mismos.

3.-Si licencio mi obra, que opciones tengo y cual es la más conveniente:

Una vez que te has decidido por licenciar tu obra se abren ante ti bastantes posibilidades, las dos mas frecuentes
son el Copyright, de coste, y su versión gratuita, las Creative Commons, así como otras, pero dado el contexto en que nos movemos, y estás ultimas serán las mas recomendables.

Esta última, cada vez más en boga y de la que España es puntero en su uso, basa su fuerza en el carácter gratuito de la misma y que gracias a la versión 3.0 de su licencia, publicada en Noviembre del año pasado, se adecua a la perfección a la legalidad vigente, como bien explica un maestro en este ámbito, David Maeztu (@davidmaeztu) en su blog, Del derecho y las Normas así como en la posibilidad de difundir y compartir una obra de manera gratuita quedando asegurado a la vez la autoría de la misma y los efectos que ello conlleva para su creador.

Con esto el primer post de los que se compondrá esta pequeña saga, que espero que sirva como acercamiento a la propiedad intelectual y a las Creative Commons, las cuales no se entenderían sin este contexto, en los próximos, su funcionamiento y tipos de licencias.

Como regalo, un vídeo donde se explica para que usar las CC:





PD: Gracias a David M. por avisarme de un error garrafal de expresión por mi parte en el post, EDITADO.

No hay comentarios:

Publicar un comentario